Divorcio en Florida

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  • Los Requisitos de Residencia y los Causales por el Divorcio

  • La División de la Propiedad

  • La Pensión Alimenticia

  • La Custodia de Hijos y la Visitación

  • El Mantenimiento Económico de Hijo


    Los Requisitos de Residencia y los Causales por el Divorcio

    Usted o su esposo tiene que ser un residente de Florida o un miembro de las fuerzas armadas radicado en Florida para entablar un divorcio, que se llama una "disolución."

    Cualquier esposo puede conseguir un divorcio simplemente por declarar en los trámites que diferencias irreconciliables han causado el fracaso del matrimonio. Si ambos esposos están de acuerdo que debe haber un divorcio, pueden apuntar su acuerdo (llamado una "estipulación") que el matrimonio puede terminar.

    Si hay un hijo menor, o una de las partes niega que el matrimonio esté quebrado en forma irremediable, la corte puede ordenar que las partes consulten a un consejero de matrimonio, psicólogo, psiquiatra, clérigo, padre, rabino o otra persona y continúen con consejería por hasta tres meses.

    El proceso legal del divorcio comienza cuando uno de los esposos presenta una "petición para la disolución del matrimonio" ante la corte superior. Se notifica el papeleo al otro esposo, que tiene tiempo para responder. Si las partes están de acuerdo acerca de la división de la propiedad y las deudas, tan bien como la custodia y el mantenimiento de los hijos, el divorcio puede ultimar sin un juicio. Si las partes no están de acuerdo, la corte fijará la fecha y la hora de una audiencia.

    Después de la presentación de la petición para la disolución del matrimonio, cualquier parte puede pedir medidas temporales tales como una orden de custodia temporal o mantenimiento de hijo, además de órdenes para determinar quien paga deudas comunitarias sobre una base temporal.


    La División de la Propiedad

    En Florida, se dividen equitativamente los activos y las deudas adquiridos durante un matrimonio - los cuales se llaman bienes conyugales - cuando se divorcia.

    Pero toda la propiedad no se considera "bienes conyugales":

    • Por ejemplo, cualquier activos que una persona tenía antes de casarse serán considerados "bienes no conyugales" si han sido guardados por separado de la propiedad adquirida durante el matrimonio
    • Los ingresos producidos por una inversión de propiedad separada también pueden ser propiedad separada, con tal que no han sido "commingled" - mezclado con propiedad comunitaria

    Los jueces distribuirán los bienes conyugales en partes iguales, a menos que hay una justificación para una distribución desigual basada en todos los factores relevantes, incluyendo:

    • La contribución de cada esposo al matrimonio, incluyendo el cuidado y la educación de los hijos y servicios como ama de casa
    • Las circunstancias económicas de las partes
    • La duración del matrimonio
    • Cualquier interrupción de la carrera personal o las oportunidades educacionales de las partes
    • La contribución de uno de los esposos a la carrera personal o las oportunidades educacionales de la otra
    • La conveniencia de retener cualquier bien, incluyendo un interés en un negocio, sociedad anónima o ejercicio profesional, intacto y libre de cualquier reclamo o intromisión por la otra parte
    • La contribución de ingresos por cada esposo y el mejoramiento de los bienes conyugales y no conyugales o la acumulación de deuda contra los activos
    • La conveniencia de retener el hogar conyugal como la residencia para cualquier hijo dependiente del matrimonio
    • El derroche intencionado, agotamiento o destrucción de los bienes conyugales después de entablar un divorcio o dentro de dos años antes de la presentación de la demanda

    Es importante reunir toda la información posible acerca de toda su propiedad, incluyendo cuando la compró, el valor aproximado y detalles tales como números de cuenta, números de serie y así sucesivamente. Si una persona junta esta información antes de ver a un abogado de divorcio en Florida, se puede ahorrar mucho tiempo y dinero.


    La Pensión Alimenticia

    Una corte puede ordenar la pensión alimenticia en Florida si es bien fundamentado. La corte generalmente considerará factores tales como:
    • El nivel de vida establecido durante el matrimonio
    • La duración del matrimonio
    • La edad y el estado física y emocional de cada parte
    • Los recursos financieros de cada parte, incluyendo sus bienes conyugales y no conyugales
    • El espacio de tiempo que cualquier parte necesita para terminar su educación o la capacitación para obtener empleo apropiado
    • La contribución de cada parte al matrimonio, incluyendo los deberes domésticos, el cuidado de los hijos y la educación y el establecimiento de la carrera de la otra parte
    • Todas las fuentes de ingresos para cualquiera parte

    Una corte puede ordenar una pensión alimenticia temporal mientras el divorcio esté pendiente. Generalmente se ordena mantenimiento por un específico espacio de tiempo. Se puede modificar la pensión alimenticia solamente si hay un "cambio de circunstancias."


    La Custodia de Hijos y la Visitación

    En Florida, una corte tomará decisiones acerca de la custodia de hijos basado en lo que es en el "mejor interés" del hijo si los padres no pueden llegar a un acuerdo. La corte ordenará que ambos padres compartan la responsabilidad de los padres a menos que la coparticipación de responsabilidades sería perjudicial al hijo. En tal caso, la corte puede ordenar responsabilidad única para proteger al niño.

    La corte puede darle a un padre la última responsabilidad sobre aspectos específicos del bienestar de un hijo, tales como la residencia primaria, la educación o cuidado médico o dental. En decidiendo cual padre debe tener la residencia primaria, la corte considerará:

    • Cual padre probablemente permitiría que el hijo tenga contacto frecuentemente y continuamente con el padre sin la residencia primaria
    • El amor, el cariño y otros lazos emocionales entre los padres y el hijo
    • La capacidad de cada padre para proveer la comida, las ropas, el cuidado médico y otras necesidades materiales para el hijo
    • El espacio de tiempo que el hijo ha vivido en un ambiente estable y satisfactorio y la conveniencia de mantener la continuidad
    • La permanencia de la existente o propuesto hogar custodial
    • La carácter moral de los padres
    • La salud física y mental de los padres
    • La historia del hijo en su hogar, comunidad y escuela
    • La preferencia del hijo, si es lo bastante inteligente, comprensivo y experimentado para expresar una preferencia
    • Pruebas de la violencia doméstica o el abuso de niño

    Después de que la orden de custodia ha sido firmada por el juez y registrada con el secretario del tribunal, ambos padres están obligados a obedecerla. Si la orden de custodia niega el acceso a un hijo, el padre afectado puede regresar a la corte con el asunto. El juez puede modificar la orden, otorgar visitación adicional como compensación por el tiempo perdido y ordenar consejería o mediación.


    El Mantenimiento Económico de Hijo

    En Florida, se basa el mantenimiento económico de hijo en los ingresos combinados de los padres y el número de hijos para los que cada padre tiene la responsabilidad de mantener. Si es necesario, la corte puede poner a un lado una parte de los activos conjuntos o separados de las partes en un fideicomiso o fondo separado para el mantenimiento y educación de los hijos.

    Se puede modificar una orden de mantenimiento de hijo en Florida si ha habido un cambio de circunstancias. Ejemplos de esto incluirían:

    • Un aumento o disminución significativo en los ingresos de cualquier padre
    • Si el hijo queda más tiempo con cualquier padre
    • Si el hijo ha envejecido varios años o tiene necesidades financieras tales como estudios o gastos médicos

    Vínculos de Web Relacionados

    - Estatutos de Relaciones Domésticas de Florida
    - Hoja de Trabajo para el Mantenimiento Económico de Hijo en Florida
    - Cumplimiento de Mantenimiento Económico de Hijo en Florida
    - Perfil Estatal de Florida
    - Seleccionando a un Abogado
  • Employment Law to Intellectual Property: Every Legal Issue. One Legal Source. Lawyers.com

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